Facultades de los Comités de Trabajo
| Facultades de los Comités de Trabajo (Art. 10 del Acuerdo mediante el cual se crea el CEAC) | |
|---|---|
| I. Fungir como vínculo entre el Grupo de Trabajo y el Consejo; | |
| II. Preparar la agenda de las reuniones de los Grupos de Trabajo; | |
| III. Coordinar el desarrollo de las reuniones; | |
| IV. Dar atención a los asuntos que reciba; y | |
| V. Preparar el informe de actividades y sus resultados para ser presentado al Consejo. |



