Facultades del Presidente del CEAC
Facultades del Presidente del Consejo (Art. 5 del Acuerdo mediante el cual se crea el CEAC) | |
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I. Representar al Consejo ante las autoridades federales, estatales y municipales, organismos autónomos federales y estatales instituciones públicas y privadas. | |
II. Aperturar, conducir y dar cierre a las sesiones del Consejo | |
III. Proponer la creación de comisiones y grupos de trabajo para el análisis de temas específicos en materia de armonización contable | |
IV. Coordinar y vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Consejo | |
V. Suscribir los acuerdos que apruebe el Consejo, y | |
VI. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de su objeto | |
En su ausencia, será suplido por un representante designado por éste, debiendo notificarse la suplencia por escrito. |